- Efectuar la gestión integral de la separación y/o tratamiento, transferencia con transporte pesado y disposición final de los Residuos Sólidos Urbanos generados en su jurisdicción.
- Establecer sistemas de disposición de Residuos Sólidos Urbanos adaptados a las características y particularidades de la región que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.
- Administrar y regular obras y sistemas de disposición de Residuos Sólidos Urbanos bajo su competencia.
- Garantizar que los Residuos Sólidos Urbanos sean recolectados y transportados desde la planta de separación y/o tratamiento y/o de transferencia, a los sitios habilitados para la disposición final, como asimismo hacia dichas plantas, mediante métodos que prevengan y minimicen los impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.
- Promover la valorización de los residuos mediante la ejecución de programas de cumplimiento e implementación gradual.
- Determinar la modalidad y frecuencia de la recolección, la que deberá adecuarse a la cantidad de residuos generados y a las características ambientales y geográficas de su jurisdicción.
- Establecer programas especiales para la disposición final de aquellos Residuos Sólidos Urbanos que, por sus características particulares de peligrosidad, puedan presentar riesgos significativos sobre la salud humana o animal o sobre los recursos ambientales.
- Proveer a la autoridad de aplicación provincial la información sobre el tipo y cantidad de Residuos Sólidos Urbanos recolectados en su jurisdicción, así como también aquellos que son valorizados o que tengan potencial para su valorización, en los términos del Artículo 36 de la Ley N° 25.916.
- Ejercer las funciones y cometidos que le deleguen la Autoridad de aplicación de la Ley N° 25.916, los municipios integrantes y todas las otras delegaciones que el Directorio del Consorcio acepte.
- Estudiar, proyectar, ejecutar, mantener, mejorar y explotar por sí o por terceros las obras de infraestructura básica, sus obras de arte, las instalaciones y los servicios necesarios para el cumplimiento de su cometido.
- Proponer la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación y gestionarla, cuando así se disponga, de las áreas necesarias para la construcción de las obras a que se refiere el inciso precedente.
- Promover la disminución gradual y controlada de los residuos que lleguen a disposición final.
- Promover y convenir con otros municipios la separación en origen y los mercados de reciclado y reutilización.
- Colaborar con las autoridades y los proyectos regionales, proveyéndoles asesoramiento, información, educación complementaria en todos sus niveles y difundiendo su acción.
- Dictar las demás normas complementarias necesarias para el cumplimiento de su cometido.